D. Alfredo Alba Marín, portavoz del Grupo Municipal Compromis y Dª. Mª. Elena Madrid García, portavoz del Grupo Municipal Partido Popular, presentan al Pleno Municipal de este Ayuntamiento al amparo de lo dispuesto en los artículos del 91.4 y 97.3 del reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales para su debate y aprobación si fuera procedente la siguiente

MOCIÓN AL PLENO MUNICIPAL ORDINARIO RELATIVA A LA MODIFICACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LOS PLENOS.

Sobre la base del art. 46.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a los municipios de hasta 5.000 habitantes, como es el caso de Marines, les corresponden como mínimo la celebración de una sesión plenaria ordinaria cada tres meses, sin embargo, ello no quiere decir que sólo ha de celebrarse un pleno ordinario cada tres meses.

En últimas legislaturas se ha venido estableciendo la periodicidad de los plenos cada mes, formando parte del equipo de gobierno el mismo partido que lo está haciendo en estos momentos. Pese a ello, el PSOE, decidió en el pasado pleno, que la periodicidad de las sesiones plenarias fuese cada DOS meses.

El primer fundamento de nuestra postura se encuentra en el art. 22.2. a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el cual, establece que al pleno le corresponde el control y la fiscalización de los órganos de gobierno. Con la periodicidad vigente, ese control que proclama la Ley se resume en cinco plenos al año. Por ello, podríamos estar hablando de cualquier cosa menos de control de los órganos de gobierno. A nuestro entender, que el control de un Ayuntamiento se resuma en cinco plenos al año es un ataque a la democracia, a la transparencia y al sentido común, lo que además conllevaría a que nos encontremos ante sesiones plenarias con una infinidad de puntos en el orden del día

Por parte del PSOE se alega que cuando sea necesario se convocará pleno extraordinario, siendo conscientes que por diversas circunstancias, solicitud de subvenciones y temas de plazos va ha ser necesaria la convocatoria de plenos extraordinarios, por lo que es ilógico establecer una periodicidad cada dos meses si el resultado al final de año de plenos realizados es el mismo.

Hay que añadir que sabiendo de ante mano la postura de los dos partidos de la oposición ante la periodicidad, ya que este tema se ha tratado en varias ocasiones y Compromís per Marines lo recoge en su programa, y siendo conscientes que el PSOE gobierna en minoría, fue una decisión impuesta con el voto único del Partido Socialista aprovechando la ausencia de la portavoz del PP.

Con otra periodicidad de las sesiones plenarias se ganaría en democracia y en transparencia, pues los representantes del municipio se reunirían con más frecuencia para abordar los problemas e inquietudes de los vecinos de Marines, y habría un mayor control de los órganos de gobierno, que es la tarea encomendada a la oposición.

Después de todo lo mencionado hemos de concluir que modificar la periodicidad de las sesiones plenarias es necesaria para;

• Mayor control y fiscalización de los órganos de gobierno.
• Mayor intensidad y dedicación a cada punto del orden del día del pleno, así como a los problemas e inquietudes de los ciudadanos y ciudadanas.
• Aumento de la transparencia.
• Agilización del orden del día.
• Evitar la acumulación de problemas en una misma sesión plenaria.

Por todo ello,

Por todo ello, el grupo municipal Compromís per Marines y el grupo municipal Partido Popular del Ayuntamiento de Marines proponen para su debate y aprobación el siguiente

ACUERDO

– Que a partir de octubre de 2015 se celebrará una sesión plenaria ordinaria por cada mes.

Marines a 8 de octubre de 2015

A/A SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE MARINES